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La Columna de la Información de Matías Lozano Díaz de León 11 10 2019

Cortando por Lozano


La ciudad se viste de rosa



 Tema 1.- 
·      Fracasa otro intento de Orozco para “frenar” a Teresa
·      su idea del “desafuero” lleva dedicatoria, aseguran
·      MOS, “desconcertado” por la actitud de los diputados 

Tema 2.-
·      “Crisis” en el Neuropsiquiátrico, mientras aumentan los suicidios
·      Irregularidades medico- administrativas y grillas sindicales 

Tema 3.- 
·      La “grilla” en la UAA
·      Se advierte que la sucesión –o reelección- será ríspida

Tema 4.- Miscelánea.-
·      EL Heraldo, a 65 años de que fue fundado
·      A los 10 años registró su primera huelga
·      La ciudad se viste de rosa
  • José Luis Morales, otra vez tras las rejas 



  
TEMA 1.- TERESA JIMENEZ, quien el próximo lunes iniciará un segundo período como Presidenta Municipal de Aguascalientes merced a su reelección, le ganó –una más- la batalla al Gobernador, Martín Orozco, al desactivar el misil que le disparó, vía Congreso del Estado en forma de iniciativa para eliminar el fuero. Era, según vox populi, una especie de “regalo” que el jefe del Ejecutivo hubiese querido darle a su acérrima contrincante política quien, por lo pronto, “le hizo morder el polvo”. Eso es lo que en los “mentideros políticos” se dice que ha ocurrió, al no “subirse” a la discusión del pleno de la Cámara de Diputados el dictamen de la propuesta impulsada por Orozco…

TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL y Martín Orozco Sandoval protagonizan la rivalidad másenconada entre miembros del mismo partido, que3 se haya visto en los años recientes; el PRI no ha estado exento de situaciones similares, pero supieron aplicar el principio de que “la ropa sucia se lava en casa”…

TERE JIMENEZ LLEGÓ en un momento propicio para descollar en el servicio público –en plena revolución feminista-, y a Orozco le tocó bailar no “con la más fea” sino, por el contrario, de ahí que encuentre férrea oposición a sus pretensiones políticas. TJ tiene sus propias aspiraciones y no ha cedido a la tentación de ceñirse el corsé que se ha querido imponerle como aspirante, sino que ha sido ella la que impone sus condiciones, negociando, gestionando en y con un sistema que le ha dado resultados satisfactorios…

¡Quién fuera su corsé, me dije entonces
quién fuera su corsé de blanco raso,
para saber si late,
si late aún, su corazón ingrato!
Ismael Enrique Arciniegas

LA ALCALDESA de Aguascalientes es un obstáculo difícil de salvar por Martín Orozco,y eso debe dolerle mucho, porque se ha visto obligado a estructurar sus proyectos con lo que tiene, no como quisiera, y los resultados han sido magros: ello se vio en la forma en que Teresa llegó a la candidatura del PAN para la presidencia municipal, desplazando a Paquín González y venciendo a Alma Hilda, y confirmando su hegemonía con el triunfo en las urnas, que luego ratifica enb el escabroso camino hacia la reelección, en el que, como en el calendario, dejó atrás a Julio Medina, “el orgullo del nepotismo político” de quien se supone que debiera ser el líder moral del panismo en el Estado, posición incluso cuestionable… 

NO ES CASUAL, pues, que Martín Orozco se declarase  en horas recientes “desconcertado” por el freno que en la Cámara de Diputados pusieron a su iniciativa para eliminar el fuero, un concepto tan subjetivo que, sin embargo, tiene ocupados a los legisladores de todo el país. En Aguascalientes, sorprende que sea Orozco quien impulse esa iniciativa que, por naturaleza debiera serle adversa, pero que capotea con el argumento de que nadie es proscrito mientras no haya una sentencia…

LO QUE OPINAN LOS politólogos –y también algunos sin serlo- es que MOS promueve la eliminación del fuero constitucional, con la intención de  impulsar luego, que puedan aplicarse sanciones a la ahora presidenta municipal, bajo el pretexto que sea, pero la reacción de los diputados, en contra de las intenciones del gobernador, parece confirmar lo que hemos comentado: que su propia gente no deja de ver que es estrella que se apaga, y buscan soterradamente, su propio reacomodo con el equipo que les garantice más tiempo en el servicio público…

COMO ERA DE esperarse, también el diputado con licencia y en su papel de presidente del PAN en el Estado, Gustavo Báez Leos “echó su cuarto a espadas” con declaraciones desde donde se supone que anda, en “las Europas”, y que se plasmaron en un boletín con fotografía de archivo: Báez se habría pronunciado 
“a favor de la eliminación del fuero”, porque “permitirá recuperar la confianza de los ciudadanos y la credibilidad en las instituciones”… 

SEGÚN LO QUE DICEN que dijo Gustavo Báez Leos, la idea de eliminar el fuero“ no es un tema de gobierno, sino un compromiso con los panistas y los aguascalentenses”… y porque “la ciudadanía quiere, necesita y exige gobernantes congruentes, honestos y que no gocen de privilegios extraordinarios”. (De lo que en Palacio mayor habría derivado un “no me defiendas, compadre”… 


EN FIN: LOS TERESISTAS también están desconcertados por la pasividad con que la alcaldesa reacciona ante los embates “del enemigo”, pero es de su ponerse que la pasividad es relativa, que su respuesta no es “a gritos”, y no lo litiga en los medios de comunicación, ni con foros o iniciativas contra el machismo o la discriminación.(El silencio es el ruido más fuerte, quizás el más fuerte de los ruidos. Miles Davis)… 


(Artículos 1361111 y 112 constitucionales)
Concepto
La palabra Fuero tiene diversas acepciones en materia jurídica.
El fuero constitucional de que gozan ciertos servidores públicos, puede definirse como un privilegio del cual está investido el cargo público que desempeña una determinada persona, en virtud del cual ésta no puede ser enjuiciada por los tribunales comunes, con el objeto de que no se entorpezca el ejercicio de sus funciones.
En nuestra Carta Magna no se regula explícitamente qué es el fuero y qué servidores públicos gozan del mismo; sin embargo, existen diversas disposiciones relativas al fuero constitucional:
En el artículo 13, se establece que "...Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley..."
Por su parte el artículo 61, señala que " Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos por ellas."
Finalmente podemos mencionar los artículos 108, 109, 111 y 112, que prevén de manera implícita qué funcionarios tienen Fuero.
Ahora bien, a fin de una mejor comprensión del concepto se debe decir que los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, pueden incurrir en responsabilidades que redunden en perjuicio del interés público; faltas que se sancionan por medio del juicio político, en el cual, se determina si son responsables de los actos u omisiones que como servidores públicos se les imputan y de ser así se les impone la sanción correspondiente, o bien cometer durante su encargo algún delito en materia penal, lo que debe sancionarse por los tribunales comunes previo procedimiento de declaración de procedencia, Diccionario de la Constitución Mexicana. Jerarquía y vinculación de sus conceptos. Doctrina v/lex.com.mx
SI DESEA, AMABLE lector, mayor información sobre el “Fuero”, la hallará en los siguientes párrafos, antes del TEMA 2.- 

FUERO CONSTITUCIONAL. Los miembros del Poder Legislativo gozan de una inmunidad que se conoce entre nosotros como fuero constitucional, prerrogativa indispensable para la existencia de las instituciones que salvaguarda, y quienes las disfrutan, tienen la facultad de no comparecer ante cualquiera jurisdicción extraña sin previa declaración del propio cuerpo o cámara a la que pertenece el quejoso, declaración que debe ser emitida por mayoría de votos del número total de sus miembros. La norma constitucional que esto establece, se informa en una necesidad política que descansa en impedir que la asamblea sea privativa de uno o parte de sus miembros por intervención de una jurisdicción extraña y sólo puede suceder esto, con la autorización que la propia asamblea dé en la forma constitucional antes expresada; y si es verdad que el fuero tiende a proteger la independencia y autonomía de un poder frente a los otros, esto no implica revestir a sus miembros de impunidad, sino que condiciona la intervención de otras jurisdicciones a la satisfacción determinados presupuestos que sólo pueden ser calificados por la cámara relativa, y mientras no exista el consentimiento de la asamblea, ninguno de sus miembros puede ser enjuiciado por otra autoridad. Este principio o corolario que se establece de una manera indubitable en al artículo 109 de la Constitución, implica que la licencia concedida a un diputado, no tiene más valor que el de un permiso para separarse del cargo, pero no de un desafuero, para el cuál es necesario el consentimiento y la decisión de la cámara, dado por mayoría absoluta de votos de los miembros que la integran; y mientras no exista esa declaración, es indudable que el diputado no ha sido desaforado legalmente, y por ende, ninguna autoridad judicial puede enjuiciarlo, al grado de ser privado de su libertad, por la comisión de los hechos delictuosos que se le imputen. Es necesario insistir, que la licencia concedida al diputado para separarse de su puesto, no implica privación de su fuero, o sea de la prerrogativa que nuestra ley Constitucional le otorga en forma refleja del derecho objetivo que la Carta Fundamental fija para proteger la soberanía de los órganos legislativos; que siendo el fuero una prerrogativa esencial para la existencia misma del cuerpo en cuya garantía ha sido establecida, los sujetos particulares que lo integran resultan beneficiados, no porque se le conceda a cada uno de ellos particularmente alguna tutela, sino que se benefician pro-parte y como consecuencia del beneficio común, y tal beneficio, que descansa en el interés público, tiende a proteger al órgano colegiado para que sea inviolable, pero esto sólo puede lograrse protegiendo a cada uno de sus componentes, de donde resulta que ese beneficio no viene a ser sino un interés jurídicamente protegido, o sea, un derecho reflejo y específico que corresponde a cada uno de los miembros de las cámaras legislativas fijado en el artículo 109 Constitucional. Sin embargo, no puede renunciar a ese derecho, porque el beneficio de la ley no está establecido únicamente en favor del particular, sino como miembro de una cámara, que es en realidad la que tiende a ser protegida constitucionalmente con objeto de que su función de soberanía no se menoscabe. Por eso es que nuestra Constitución únicamente faculta a ese órgano para que decida por mayoría absoluta de votos, si uno de sus miembros puede ser enjuiciado por delitos del orden común y por la autoridad judicial competente. No obstante esto, es indispensable convenir en que esa prerrogativa establecida en favor de la cámara, finca un interés en cada uno de sus miembros, que debe ser jurídicamente protegido, pero esto no implica en forma alguna, que pueda renunciarse ese beneficio, porque los beneficios que establecen las leyes de orden público, son irrenunciables, puesto que se establecen para satisfacer intereses sociales, ya que sólo pueden renunciarse los beneficios que la ley concede exclusivamente a los particulares, si no se afectan los derechos de terceros. Por estos conceptos, el fuero no puede renunciarse, ya que únicamente puede privarse de él a virtud de una función de soberanía que realice la cámara a la que pertenezca el miembro o individuo que es objeto de una decisión sobre este particular, pero éste, como tal, y mientras no haya sido privado de ese beneficio, no puede ser sujeto a proceso, y en consecuencia, no puede ordenarse su aprehensión, pues al hacerlo, se viola el artículo 16 constitucional, toda vez que la jurisdicción represiva, bien sea del orden común o federal, no es competente para realizarlo, puesto que no se han satisfecho las condiciones de procedibilidad y punibilidad, a virtud del obstáculo que de una manera expresa señala el artículo 109 de nuestra Constitución Federal. Por otra parte y para que se perciba la profunda diferencia entre una licencia concedida, aun cuando haya sido solicitada con el propósito de someterse a los órganos del Poder Judicial, y el desafuero constitucional, es pertinente advertir que por medio de la primera, no se pierde el carácter de representante popular y el interesado puede volver a sus funciones al terminar esa licencia, o cuando lo estime conveniente, dándola por concluida, en tanto que tratándose de desafuero, el representante popular queda desde luego separado del cuerpo a que pertenece, sin que pueda volver a recuperar su cargo, aun cuando sea absuelto en el proceso judicial correspondiente. Además, si en el caso de licencia, aparte del derecho de percibir sus dietas respectivas, conserva su carácter de representante popular, con todas sus inmunidades, de tal manera que si cometiere un delito de orden común o de naturaleza oficial, dentro del plazo de la licencia, no podrá ser enjuiciado, sino con las formalidades previas que señala la Constitución; en cambio, con el desafuero, queda en calidad de simple ciudadano, y no sólo por el delito que originó el desafuero, sino por cualquier otro delito posterior, puede ser enjuiciado por las autoridades judiciales correspondientes sin requisito previo alguno. Por último, en su parte formal se diferencian la licencia y el desafuero, en que para conceder la primera, basta un quórum ordinario, y para decretar el segundo, es necesario el quórum que la Constitución General señala. 
Amparo penal en revisión 3904/45. Téllez Vargas Pedro. 13 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos, por lo que se refiere a la concesión del amparo, y por mayoría de tres votos. Ausente: José Rebolledo. Disidente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente. Semanario Judicial de la Federación –SCJN-. Tomo LXXXVIII. Pág. 763…

TEMA 2.- NO ES OCIOSO insistir en el papel que juegan las instituciones que, como el Centro Neuropsiquiátrico,  tienen como objetivo atender a personas con deterioro de su salud mental, que son presuicidas potenciales y que merecen la mayor de las atenciones, dada la tendencia que se observa y que en Aguascalientes rebasa ya, la cifra de 140, cada año mayor… 

CIERTAMENTE EL Gobierno del Estado removió de la titularidad del ISSEA a Sergio Velázquez García, quien siempre estuvo con un pie afuera y otro adentro,  pero privó de un médico cirujano de confianza a los habitantes de Asientos, pero le falta, al Ejecutivo culminar la faena y cambiar a los que le falta cambiar, que no han dado los resultados apetecidos, en mucho debido a que están ocupados en “grillas”…

EN EL HOSPITAL DE PSIQUIATRÍA “Dr. Gustavo León Mojica García”, el Director Médico Luis Felipe de León Romo, propuesto y recomendado para el cargo por Sergio Velázquez García, su compañero de trabajo en el IMSS, no cubre el perfil como médico familiar,  debiendo ser Médico Cirujano y contar con especialidad médica de psiquiatría. En su ramo puede ser muy eficiente, pero cuestionable en la prevención del suicidio… 

POR SI FUERA POCO, quien parece tener el control de la institución es el Secretario General del Sindicato, Federico Domínguez Ibarra, recién depuesto como dirigente de los burócratas; Luis Felipe de León Romo, el director médico, estaría permitiendo que Domínguez Ibarra opere a través de Dulce María Rodríguez Ibarra, Jefa de Enfermería, encargada del manejo de plazas eventuales estatales de enfermería, con el beneplácito, según los trabajadores, del Administrador del Hospital, Carlos Robledo, quien faltó a la confianza de Martha Márquez en la Secretaría de Fiscalización, y que fue transferido al Neuropsiquiátrico por recomendación de Federico Domínguez, quien como regidor y “líder” burócrata deja mala imagen ante los trabajadores…

 A ROBLEDO CHAVEZ lo señalan los trabajadores, como el operador de la renovación (elecciones) del comité sindical del Neuropsiquiátrico, para lo cual ya se expidió la convocatoria y es la oportunidad para deshacerse de Federico Domínguez, lo que prácticamente será un hecho, aunque relativo, pues impulsará la candidatura de su comadre Adriana Romo, la Jefa de Enseñanza, con lo que el Federico Domínguez podría sentirse tranquilo en cuanto a que no trascenderá el déficit y desvío de recursos por alrededor de 15 millones de pesos, en lo que involucra al director administrativo, Carlos Dagoberto Robledo Chávez… 

MAS AUN: LA CONVOCATORIA para elegir dirigente sindical se lanza en medio de un escándalo por la supuesta sustracción y venta irregular de medicamentos del Hospital de Psiquiatría,” en lo que se involucra a Federico Domínguez Ibarra con las autoridades administrativas del Hospital y el Encargado del Almacén de medicamentos, Jesús Villanueva Román…

ES INCONCEBIBLE que exista este tipo de sospechas, mientras mantiene un constante incremento el número de suicidios en la entidad. La pregunta es: ¿Por qué no actúan las autoridades superiores y se deslindan responsabilidades?... 
  
TEMA 3.-  “LA GRILLA” EN LA UAA.- “Sr. Matías Lozano, quisiera abonar a lo publicado en su columna sobre la corrupción en la Junta de Gobierno en la UAA. Además del Arquitecto Revilla, toda la comunidad universitaria sabemos que la maestra Tres Palacios del Centro de Educación Media, y el maestro Orozco del Centro de Diseño, ambos miembros de la Junta de Gobierno, también reciben canonjías fuera de la normatividad, a cambio de obediencia ciega e incondicional para con el Rector Francisco Javier Avelar y su antecesor Mario Andrade…

“NINGUNO DE ELLOS es profesor de tiempo completo, sin embargo, bien sabemos que reciben sueldo y estímulos como si lo fueran de 40 horas. Por cierto ya que se pide la investigación del Arquitecto Revilla y del Rector Avelar y del ex-rector Andrade, deberían citar y entrevistar al Mtro. Gilberto Zavala Peñaflor, quien hoy esta oculto, pero que en tiempos anteriores era el encargado de coordinar las operaciones sucias, obteniendo el dinero de los "moches" para luego entregárselo al entonces rector Andrade y al entonces secretario general, Francisco Javier Avelar, quien cobra 40 horas, cuando únicamente tiene 20 en su plaza”... 

OTRA VOZ: “No es raro que el rector Avelar y el ex-rector Andrade, piensen en lanzar a su incondicional Revilla, brincándose, como de costumbre, la Ley Orgánica, sus Estatutos y reglamentaciones, pues si Avelar ya no puede por enfermedad y/o por toda la sombra de corrupción que cae sobre el, no tienen mejor candidato, enlodado hasta la cabeza.

PERO, CIERTAMENTE “Hay que esperar la lista emitida por la Junta de Gobierno, de la cual Revilla es Presidente…

PRECISIONES SOBRE lo publicado: Primero, aclarar que el Departamento de Proyectos de la Dirección de Infraestructura no tiene capacidad de realizar un proyecto como el de la Torre; hay testimonios de estudiantes y otros egresados de Arquitectura que trabajaron en el despacho del Arquitecto Revilla para la realización de dicho proyecto; lo que pasa es que ahora no quieren colgarse la medalla, pues están muy comprometidos. Además, el diseño es del mismo Revilla, incluso entre los arquitectos le llaman la "galleta sandwich", por lo obsoleto del diseño, pasado de moda….

¿AHORA: REALMENTE creen que al arquitecto Revilla haya regalado el diseño? A esos niveles de corrupción y de componendas nada es regalado, todo tiene un precio; esto lo vivimos en el día a día al interior de la Institución. El no ver es estar ciego o mirar para otro lado. Y finalmente, recordemos que el evento teatral que se realizó el día de la inauguración corrió a cargo del hijo del Arquitecto Revilla. ¿Que coincidencia, no? Por cierto, se le pago como si hubiera sido el "Cirque du Solei" ¿Que raro, no”?...
“POR OTRA PARTE:¿Se sabe si ya hay demanda penal en contra del maestro Gustavo Báez, por acoso sexual? Eso seria muy importante”..

RESPUESTA: En cuanto a la sucesión de la UAA, nos aclaran que el Arquitecto Revilla NO es elegible como Rector, está impedido de acuerdo con la legislación  universitaria… 

TEMA 4.-  MISCELÁNEA.- EL HERALDO DE Aguascalientes, del que el 8 de este mes se cumplieron 65 años de su fundación, también “celebra” el 55 aniversario de su primera huelga, que duró 101 días, habiéndose colocado las banderas rojinegras el 11 de mayo de 1964, según relata Juan Manuel Rodríguez, quien fungía como secretario de organización del sindicato, creado en la víspera, justamente, con la finalidad de exigir a Mauricio Bercún Melnic, el propietario, la firma del contrato colectivo de trabajo…

LA INCONFORMIDAD DE LOS trabajadores se debió a una disposición de Bercún, de despedir a todos quienes tuvieron antigüedad de 10 años, es decir, a los fundadores. La huelga terminó en agosto, con la liquidación de todos los incitadores,  “aunque nunca nos entregaron completa la indemnización”, nos dice el entrevistado, cuyo relato está en su fase de edición… 

UNA SEGUNDA suspensión de actividades se daría un cuarto de siglo después, en el sexenio del Ingeniero Miguel Angel Barberena Vega, ambas por la intransigencia de don Mauricio Bercún Melnic, cuyo nombre lleva un kínder en la Colonia Periodistas, de esta ciudad…  

EDIFICIOS Y espacios públicos de Aguascalientes se iluminan de rosa. El Municipio Capital, que encabeza la alcaldesa Tere Jiménez, se suma a las tareas de sensibilización sobre la lucha contra el cáncer de mama. La administración municipal se une a estas iniciativas simbólicas, en el marco del mes rosa de la prevención del cáncer de mama. Además, durante todo el año, a través de diversas dependencias se ofrecen programas de acceso a la salud y de protección de los derechos de las mujeres...

JOSE LUIS MORALES es desde ayer a las 20:00 horas, otra vez, “huésped distinguido” de la Fiscalía General del Estado,  cuyos agentes lo detuvieron al salir del Club Campestre; el comunicador incurrió en desacato de una orden judicial, que le obligaba a brindar un trato respetuoso al gobernador Martín Orozco. La orden de arresto es por 18 horas…


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