Cortando por Lozano
Relajado. Proyecta el Gobernador un ambiente de paz y tranquilidad en vísperas de su primer informe |
Tema 1.-
· Busca el Gobierno
salidas al conflicto del Notariado
· Ofrecen “impunidad” a Javier Aguilera si “calma” a La China
· Los “notables” podrían verse obligados a indemnizar a
quienes impiden ejercer como notarios
· Se insiste: El Gobernador es el único que puede poner orden
en el gremio
Tema 2.-
· No compete a la asamblea
nacional del PRI elegir candidatos: Romo
Medina
· “Por estatutos le corresponde al Consejo Político Nacional”
Tema 3.-
· Luis Obregón, llamado a
las “ligas mayores” del emprendedurismo
TEMA
1.- EN EL CONFLICTO existente entre los notarios públicos debido a la impugnación
presentada ante la Sala Administrativa
por los conocidos como “notables”, más por ironía que por distinción dadas las
circunstancias, contra quienes recibieron fíat al término del gobierno de
Carlos Lozano, “hay que entender la naturaleza de cada procedimiento”, me dicen
quienes saben de esto, y explican, que nos encontramos ante lo que se denomina
una “antinomia”, que se da, como en este caso, cuando una norma jurídica
concurre en el ámbito temporal, espacial, personal y material de validez, y “se
atribuyen consecuencias jurídicas incompatibles entre sí a cierto supuesto
fáctico”, y esto impide su aplicación simultanea ante el cual el juzgador, la Sala
Administrativa, debió de buscar la inexistencia de una colisión normativa...
SE
QUIERE DECIR con lo anterior, que se debió buscar “el modo o método para que
una de esas consecuencias jurídicas incompatibles
permanezca y otra se desaplique”, siendo en este caso aplicable el criterio de
especialidad –una ley especial deroga la general-, en donde al no otorgar
competencia la Ley del Procedimiento Contencioso para el Estado de
Aguascalientes, ni la especial -Ley del Notariado Para el Estado de Aguascalientes-
a la Sala Administrativa, debió de resultar improcedente ante la misma el
juicio...
EL
OTRO CRITERIO era el de Competencia, en el cual se suscitaba un conflicto entre
normas provenientes de fuentes de diverso tipo, es decir la Ley especial o del Notariado
otorga las facultades exclusivamente al Ejecutivo para suspender, cancelar o
sancionar al notariado, y no la ley general, la que otorgue facultad a la Sala
Administrativa para invadir la esfera jurídica del Gobernador...
EN RESUMIDAS CUENTAS, es jurisprudencia
obligatoria para tribunales colegiados de circuito y con mayor razón a jueces
de distrito y con mucha mayor razón a la Sala Administrativa, que no se
encuentran facultados para revisar lo que se denomina –competencia originaria-,
es decir: No pueden estudiar conceptos de violación relativos a lo que es una
facultad exclusiva del que ahora nos ocupa, que es el Ejecutivo; seria tanto
como reducir al absurdo que el Poder Judicial invadiera la esfera jurídica del
Ejecutivo para designar por ejemplo, al gabinete de éste...
POR
LO QUE RESPECTA a los procedimientos iniciados a su vez por los notarios hoy
impugnados ante el Ejecutivo en contra de los fedatarios que demandan la
anulación de las delegaciones otorgadas, que son: Javier González Ramírez, José
Andrade Ríos, Luis Perales de León, Ciro Silva Murguía, Arturo Durán García,
Gerardo Dávila Díaz de León, Irma Martínez Macías y Javier González Gutiérrez,
es debido a las irregularidades que podrían existir en sus nombramientos
otorgados por el Gobernador Otto Granados Roldán, ya que no cumplieron con el
requisito de rendir la obligada protesta, acto que debe quedar asentado en
actas, y no existe tal antecedente, por tanto, estarían inhabilitados para
fungir como notarios públicos...
ESA
SUPUESTA IRREGULARIDAD en que se encuentran los “notables”, a quienes Granados Roldán otorgó fíat, resulta de naturaleza muy distinta a
las “faltas” por las que impugnan a los beneficiados or el gobierno de Carlos
Lozano, puesto que la Ley del Notariado dice en sus artículos 81 y 82, que la
dirección del notariado y la facultad para suspender o cesar a los mismos queda
restricta (sujeta) a dicha ley; por tanto, Atendiendo al derecho de petición
que el Estado Mexicano prevé en la Constitución, el Ejecutivo deberá de atender
esa petición, de lo contrario un juez de distrito le impondrá la obligación de
hacerlo...
EN
ESTE RESUMEN de cuentas, queda claro que
los “notables”, mencionados en párrafo anterior, y la Sala Administrativa
accedieron a un juego de intereses sin realmente dilucidar quien tiene
competencia y quien no, y quienes pagarán los platos rotos serán otros notarios
que no estaban en el juego, salvo dos acteuantes tras bambalinas...
AHORA,
EN CASO DE que los notarios nombrados por el Gobernador Lozano obtengan una sentencia favorable emitida por el Tribunal
Colegiado o en el caso remoto de que se acceda a la revisión por la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, que confirme que la Sala Administrativa actuó de
manera incorrecta, podrá concluirse que los magistrados no consideraron que son
servidores públicos del Estado y por lo tanto son sujetos de procedimientos
disciplinarios y resarcitorios que prevé la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes; y si se confirmara que los
notarios nombrados por CLT fueron afectados por la suspensión de sus
nombramientos, lo que ocurre desde el primer día del actual gobierno, en
primera instancia el Poder Judicial del Estado tendría que resarcir a los
mismos y posteriormente el mismo Poder Judicial del Estado deberá pedir a los
magistrados, que le repongan lo que “a su nombre” hubiese pagado a los ahora notarios
sin trabajo...
DICHA
INDEMNIZACION tendría como fundamento, que se les impidió el libre ejercicio de
su profesión –por que son notarios públicos con nombramiento vigente y
limitados por la ley del notariado a ejercer la abogacía y otros tipos de
trabajo-, sumándole la suspensión que desde luego les ha causado agravios...
POR
OTRO LADO, ES sabido que el Colegio de Notarios de Aguascalientes está dividido, ya que gran parte muestran apatía a los golpeteos
que se han suscitado y que han alcanzado a personas que no estaban en el juego;
ahora es sabido también que por parte
del Ejecutivo se ha mantenido total descontrol y desinterés de la situación, no
obstante su gravedad, y porque es facultad suya poner orden en el notariado, y
no de los “notables”, quienes no representan nada...
UN
DETALLE PARTICULARMENTE importante, que
ha trascendido y del cual estamos buscando la confirmación es que el Subsecretario
de Asuntos Jurídicos, Jorge Humberto Mora Muñoz, ha recurrido a quien fuera
jefe de gabinete de Carlos Lozano, Javier Aguilera García, para que convenza a
su hija, Ma Angeles Aguilera Ramírez de que se desista de la demanda contra
el Gobierno pero...
¿SABE
USTED QUE se supone que le ofrecen a cambio a quien fuera jefe de gabinete del gobernador anterior? ¡”Impunidad”, en el caso de descubrirse alguna
irregularidad ocurrida durante su gestión. Hasta donde sabemos, la respuesta de
Aguilera García, quien voluntariamente renunció a su cargo en el último tercio
del gobieno de Lozano de la Torre, fue una rotunda negativa...
TEMA
2.- EN CAMPECHE, donde se instaló la mesa para el análisis de los Estatutos
previo a la asamblea nacional del PRI, el Senador por Aguascalientes, Miguel
Romo Medina fue enfático al señalar que ni siquiera la propia asamblea nacional
es competente para definir los métodos para elegir a los candidatos de ese
instituto político para la Presidencia de la República, Senadores y Diputados
federales sino, , exclusivamente el Consejo Político Nacional, de acuerdo con
lo que estipula el Artículo 180 de sus estatutos...
ROMO MEDINA convocó a los priistas “a pensar
en algo fundamental”, ya que se está ante el escrutinio de la ley y las
instituciones electorales que vigilan las decisiones que los partidos toman con
base en las normas que rigen la vida interna del PRI”...
LA
APROBACION DEL Consejo Político Nacional, se entiende, dijo Romo Medina, debe
contar con el respaldo de los consejos políticos estatales del país.
EL
LEGISLADOR aguascalentense señaló también otros “dos preceptos fundamentales: Que el artículo 68 dice
en su primera fracción, que son atribuciones de la asamblea nacional emitir y
reformar los documentos básicos, pero no los métodos para elegir a los
candidatos”; y que podrá .. determinar las estrategias”...
“SOMOS
SUN PARTIDO de la legalidad”, subrayó Romo Medina en su intervención en el
foro. En el evento de ayer también se rechazó por mayoría una propuesta de
Ivonne Ortega Pacheco, en el sentido de que el candidato del PRI a la
presidencia de la república sea elegido
mediante consulta directa a la base...
TEMA 3.- El Secretario de Economía Social y
Turismo del Municipio de Aguascalientes, Luis
Obregón, recibió invitación del Instituto Nacional del Emprendedor, para que
participe como conferencista en el marco de la Semana Nacional del Emprendedor,
que se llevará a cabo en la Ciudad de México en Septiembre próximo...
EL
NOMBRE DEL funcionario municipal aparece en el programa publicado en el sitio
oficial donde se anuncia el evento. La Semana Nacional del Emprendedor reúne a
mas de 40 mil emprendedores y empresarios, y cuenta con la presencia de
destacadas personalidades como: Ricardo Salinas Pliego (Grupo Salinas), Arjan
Dijk (Google), Vladimiro de la Mora (General Electric) entre muchos otros.
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