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IEE asignó Regidurías de RP

IEE Asigna Regidurías por el Principio de Representación Proporcional de Los Ayuntamientos de Aguascalientes, Jesús María y San José de Gracia 


En cumplimiento a las sentencias recaídas a los autos de los expedientes SM-JDC-279/2016, SM-JDC-276/2016 Y SM-JDC-278/2016, emitidas por la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral en Sesión Extraordinaria asigna las regidurías por el Principio de Representación Proporcional de los Ayuntamientos de Aguascalientes, Jesús María y San José de Gracia, en el Proceso Electoral 2015-2016.

Dichas sentencias establecen conforme a los derechos de los candidatos independientes, la inaplicación de los artículos 374 y 361 fracción III en su porción normativa del Código Electoral del Estado de Aguascalientes, que impiden a estas candidaturas la asignación de regidurías por el principio de Representación Proporcional; determinando la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal, con sede en la ciudad de Monterrey, Nuevo León,que a través de esta norma, se genera un trato inequitativo esta figura de elección popular, además de un trato diferenciado de los votos válidamente emitidos, con lo cual se beneficia exclusivamente al sistema de partidos políticos, atentando contra las bases del principio de Representación Proporcional, al evitar que la votación ubicada dentro del umbral legal del 2.5% , pueda transformarse en representación, obstaculizando con esto la pluralidad en la integración de los Ayuntamientos.

Ante este pronunciamiento de la autoridad jurisdiccional electoral y habiendo cumplido los representantes de las Asociaciones Civiles correspondientes a las candidaturas independientes de los Municipios de Aguascalientes, Jesús María y San José de Gracia con el requerimiento del Instituto Estatal Electoral, donde se les solicitó la presentación de la lista de candidaturas a regidores por la vía de la Representación Proporcionalintegradas por ciudadanos que formaron parte de las planillas de candidatos independientes por el principio de mayoría relativa, tal y como se desprende de las Resoluciones CG-R-52/16, CG-R-51/16 y CG-R-55/16 respectivamente, aprobadas por el Consejo General del IEE en sesión extraordinaria de fecha veintisiete de marzo de dos mil dieciséis. Listas que además respetaron el mandato legal de la paridad de género y la alternancia. Es como este Organismo Público Local Electoral aprueba la asignación de catorce Regidurías por el principio de representación proporcional en los Ayuntamientos de Aguascalientes, Jesús María y San José de Gracia, quedando como a continuación se muestran:

AGUASCALIENTES

PARTIDO POLÍTICO /
CANDIDATO INDEPENDIENTE
POSICIÓN DE REGIDURÍA POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
PROPIETARIO
SUPLENTE

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1er.
MIGUEL ROMO 
REYNOSO
ROBERTO LARA 
MAGDALENO


CANDIDATO INDEPENDIENTE
2da.
MAURICIO GONZÁLEZ 
LÓPEZ
LUX ENRIQUE TEMILOTZIN ESCALANTE CORELLA


PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
3era.
ÓSCAR SALVADOR ESTRADA 
ESCOBEDO
LUIS FERNANDO CANCHOLA 
LÓPEZ


MORENA
4ta. 
JENNIFER KRISTEL PARRA 
SALAS
SINDY PAOLA GONZÁLEZ 
RUBALCAVA


PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
5ta. 
HAZEL MONTEJANO 
GARCÍA
MARCELA MEDINA 
ESPARZA


PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
6ta.
NETZAHUALCÓYOTL VENTURA 
ANAYA
ERNESTO MORENO 
DOMÍNGUEZ


CANDIDATO INDEPENDIENTE
7ma.
KARLA CASSIO 
MADRAZO
ISMENE DEL ROSARIO ESCALANTE CORELLA




JESÚS MARÍA
PARTIDO POLÍTICO /
CANDIDATO INDEPENDIENTE
POSICIÓN DE REGIDURÍA POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
PROPIETARIO
SUPLENTE
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1er.
FABIOLA MEDINA
DE LUNA
ADELINA SERNA 
DELGADILLO
CANDIDATO INDEPENDIENTE
2da.
RODRIGO ANDRADE
CARREÓN
HUGO BENJAMÍN FIGUEROA
MONTOYA
MORENA
3era.
MARÍA ELENA DÍAZ 
ANDRADE
MAYRA ISABEL MAGAÑA 
MURILLO
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
4ta. 
MIRIAM LUNA 
HIDALGO
ALEJANDRA DE JESÚS OLMOS HIDALGO


SAN JOSÉ DE GRACIA
PARTIDO POLÍTICO /
CANDIDATO INDEPENDIENTE
POSICIÓN DE REGIDURÍA POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
PROPIETARIO
SUPLENTE
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1er.
HÉCTOR GARCÍA 
SANABRIA
J JESÚS DURÁN 
DE SANTIAGO
CANDIDATO INDEPENDIENTE
2da.
J. TRINIDAD RUVALCABA 
LÓPEZ
HÉCTOR SANTOS
GONZÁLEZ
MOVIMIENTO CIUDADANO
3era.
ROSA ISABEL NÁJERA 
MARTÍNEZ
SARA PATRICIA RODRÍGUEZ FONSECA


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