IEE Asigna Regidurías por el Principio de Representación Proporcional de Los Ayuntamientos de Aguascalientes, Jesús María y San José de Gracia
En cumplimiento a las sentencias recaídas a los autos de los expedientes SM-JDC-279/2016, SM-JDC-276/2016 Y SM-JDC-278/2016, emitidas por la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral en Sesión Extraordinaria asigna las regidurías por el Principio de Representación Proporcional de los Ayuntamientos de Aguascalientes, Jesús María y San José de Gracia, en el Proceso Electoral 2015-2016.
Dichas sentencias establecen conforme a los derechos de los candidatos independientes, la inaplicación de los artículos 374 y 361 fracción III en su porción normativa del Código Electoral del Estado de Aguascalientes, que impiden a estas candidaturas la asignación de regidurías por el principio de Representación Proporcional; determinando la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal, con sede en la ciudad de Monterrey, Nuevo León,que a través de esta norma, se genera un trato inequitativo a esta figura de elección popular, además de un trato diferenciado de los votos válidamente emitidos, con lo cual se beneficia exclusivamente al sistema de partidos políticos, atentando contra las bases del principio de Representación Proporcional, al evitar que la votación ubicada dentro del umbral legal del 2.5% , pueda transformarse en representación, obstaculizando con esto la pluralidad en la integración de los Ayuntamientos.
Ante este pronunciamiento de la autoridad jurisdiccional electoral y habiendo cumplido los representantes de las Asociaciones Civiles correspondientes a las candidaturas independientes de los Municipios de Aguascalientes, Jesús María y San José de Gracia con el requerimiento del Instituto Estatal Electoral, donde se les solicitó la presentación de la lista de candidaturas a regidores por la vía de la Representación Proporcional, integradas por ciudadanos que formaron parte de las planillas de candidatos independientes por el principio de mayoría relativa, tal y como se desprende de las Resoluciones CG-R-52/16, CG-R-51/16 y CG-R-55/16 respectivamente, aprobadas por el Consejo General del IEE en sesión extraordinaria de fecha veintisiete de marzo de dos mil dieciséis. Listas que además respetaron el mandato legal de la paridad de género y la alternancia. Es como este Organismo Público Local Electoral aprueba la asignación de catorce Regidurías por el principio de representación proporcional en los Ayuntamientos de Aguascalientes, Jesús María y San José de Gracia, quedando como a continuación se muestran:
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PARTIDO POLÍTICO /
CANDIDATO INDEPENDIENTE
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POSICIÓN DE REGIDURÍA POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
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PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
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LUX ENRIQUE TEMILOTZIN ESCALANTE CORELLA
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PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
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ÓSCAR SALVADOR ESTRADA
ESCOBEDO
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LUIS FERNANDO CANCHOLA
LÓPEZ
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JENNIFER KRISTEL PARRA
SALAS
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SINDY PAOLA GONZÁLEZ
RUBALCAVA
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PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
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PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
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NETZAHUALCÓYOTL VENTURA
ANAYA
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ISMENE DEL ROSARIO ESCALANTE CORELLA
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PARTIDO POLÍTICO /
CANDIDATO INDEPENDIENTE
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POSICIÓN DE REGIDURÍA POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
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PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
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HUGO BENJAMÍN FIGUEROA
MONTOYA
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MAYRA ISABEL MAGAÑA
MURILLO
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PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
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ALEJANDRA DE JESÚS OLMOS HIDALGO
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PARTIDO POLÍTICO /
CANDIDATO INDEPENDIENTE
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POSICIÓN DE REGIDURÍA POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
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PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
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J JESÚS DURÁN
DE SANTIAGO
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J. TRINIDAD RUVALCABA
LÓPEZ
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ROSA ISABEL NÁJERA
MARTÍNEZ
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SARA PATRICIA RODRÍGUEZ FONSECA
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