Derivado del ejercicio penal y de sus labores ante el Juzgado Primero de lo Penal, el Agente del Ministerio Público adscrito al Juzgado en mención, logró la obtención de sentencia condenatoria de 2 años y 9 meses de prisión, así como al pago de una multa por la cantidad de $4,831.00 pesos, la Inhabilitación para desempeñar cargo público por 1 año y 9 meses y al pago de $1,993,380.00 pesos por concepto de reparación del daño, en contra del Ex Secretario de Obras Públicas del Estado de Aguascalientes Luis Gerardo del Muro Caldera, por el delito de peculado.
Con relación a los
hechos estos tuvieron verificativo el pasado 5 de enero del año 2009, toda vez
que el hoy sentenciado Luis Gerardo del Muro Caldera se desempeñaba como Secretario
de Obras Públicas del Estado de
Aguascalientes y Vocal de la Junta de Gobierno del Instituto de Vivienda
también del Estado de Aguascalientes; tenía el carácter de Servidor Público y
Administrador del Patrimonio de un
Organismo Público Descentralizado.
Aprovechando de su
cargo distrajo para usos ajenos el predio Reserva Territorial Morelos II, el
cual está ubicado al sur – este de esta ciudad de Aguascalientes, con una superficie
de 9,9219.15 metros cuadrados, el cual
tenía en administración por virtud de su cargo; ya que dicho predio había sido
donado al Instituto que el propio
sentenciado presidía con fecha 4 de mayo del año 1989.
"En Julio de 2014, la Justicia de la Unión negó amparo a
Luis Gerardo del Muro , procesado
por peculado contra el Instituto de
Vivienda en la pasada administración,
por tanto fue ratificado
el auto de formal prisión contra
el ex funcionario, emitido por la juez primero de lo penal Margarita Zapata
Vallejo.
La juez tercero de distrito con sede en esta capital, Sonia Hernández
Orozco resolvió dentro del amparo 915/2014-IX, no amparar ni proteger a Luis Gerardo del Muro Caldera, por el
peculado presuntamente cometido mediante la compra venta de terrenos
propiedad del ex Instituto de Vivienda por un monto superior a los 16
millones de pesos en perjuicio de las arcas del Estado.
Cabe recordar que el auto de formal
prisión fue girado por la Juez Margarita
Zapata Vallejo por su presunta participación en la venta ilegal de terrenos al
sur de la ciudad de la denominada Reserva Territorial Morelos II con superficie
de casi 100 mil metros cuadrados en un precio aproximado del 17% de su valor
real y a crédito, a una empresa privada
que no utilizó dichos terrenos para el desarrollo de vivienda como debe ser en estos casos, sino que los
destinó a actividades meramente mercantiles.
Del Muro Caldera fue miembro de la
junta de Gobierno del IVEA en el
gobierno anterior, quienes autorizaron la desincorporación de dichos terrenos
en un contrato realmente perjudicial para el estado y ventajoso para el
particular involucrado.
La exhaustiva resolución de la Juez
Federal considera que “debe estimarse
que la conducta analizada resultó además de típica antijurídica, de
manera que es acertada la resolución de la Juez penal, ya que se tuvo por
demostrada la conducta que se considera como delito antes referenciada y por el
que la autoridad responsable ordenadora emitió al auto de formal prisión reclamado".
Agrega la juzgadora federal que fue la conducta del inculpado en unión con la
de los integrantes de la Junta de Gobierno del Instituto de Vivienda del Estado
de Aguascalientes, la que provocó la afectación a la administración pública con
la distracción para usos ajenos, que hicieron de la reserva territorial del
fraccionamiento Morelos II, que tenían en administración por virtud
de su cargo , ya que ello tuvo
como consecuencia, no solo que la administración pública no cumpliera con su
objetivo de proporcionar vivienda a las familias en esa reserva territorial -lo
que implica por si, un uso ajeno al que estaba destinado dicho bien en atención
a la naturaleza, facultades y finalidades legales del instituto ofendido- sino
también la afectación de su patrimonio, considerando que el valor de la reserva
conforme a la opinión de los peritos era de diecinueve millones setecientos
diecinueve mil pesos 19’719,000, siendo que su comercialización se realizó en
tres millones cuatrocientos cinco mil noventa y tres pesos con cincuenta
centavos 3’405,093.50.
Por ello se
resuelve que la Justicia de la Unión no ampara ni protege al quejoso
Luis Gerardo del Muro Caldera.
Esta resolución se suma a las
dictadas a Luis Armando Reynoso Femat y Ricardo de Alba Obregón en el mismo
sentido, procesados por el mismo delito.

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