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Sugiere diputado pláticas pre divorcio ante una autoridad




Alto índice de separaciones en los
 primeros años del matrimonio



El diputado Leonardo Montañez Castro, del PAN, presentó ayer en el Congreso del Estado una iniciativa para adicionar y reformar el Código Civil y de Procedimientos Civiles del Estado, para hacer obligatorias las pláticas pre divorcio; dice acerca de ello:



I.           A pesar de estar en una época de crisis, la familia sigue siendo célula fundamental de la sociedad y la primera escuela para los menores, ya que es en el hogar donde se transmiten y aprenden los valores.

En la actualidad, observamos que va a la alza el número de divorcios, ya que conforme a cifras recientes del INEGI, a nivel nacional en el año 2011 se registraron 570,954 matrimonios y 91,285 divorcios, por lo que de cada 100 matrimonios 16 se divorcian.

En Aguascalientes, en el año 2011 se registraron 1,194 divorcios, es decir por cada 100 enlaces matrimoniales se dieron 19 divorcios, lo que muestra una tendencia creciente en los últimos años; según datos del INEGI, de 2000 a 2011 el número de matrimonios se redujo en 9.8% y el de los divorcios aumentó en 53.1%. Respecto a la duración del matrimonio, el 54.2% provienen con una duración del matrimonio de 10 años o más.
                                              
No obstante, lo anterior, conforme a la información estadística del sistema judicial local, en el año 2014, se iniciaron más de 3,000 juicios de divorcio (1648 por la vía del divorcio necesario y 1,356 por el procedimiento del divorcio voluntario), mientras que en el año 2013, fueron 2,729 juicios de divorcio; en el año 2012, 2,873 y en el año 2011, 2,656, ello tan sólo en los municipios de Aguascalientes y el Llano, lo que representa un número considerable de familias que están inmersos en este proceso legal, sin considerar el resto de los municipios.

Los problemas que afrontan los matrimonios son diversos, siendo comunes la no comunicación efectiva, la infidelidad, problemas económicos, adicciones y violencia intrafamiliar, entre otros; y no obstante, los conflictos son inherentes a las relaciones humanas, cada vez más, observamos la falta de compromiso y en algunos casos, la escasa disposición de los cónyuges para preservar la relación y tratar de resolver sus diferencias a través del diálogo.

Si bien es cierto, el divorcio atiende a la decisión de uno o ambos cónyuges a no permanecer casado, haciendo uso del derecho al libre desarrollo de la personalidad, no menos cierto es, que el divorcio tiene implicaciones sociales derivadas de la desintegración familiar que se genera. 
      


Estoy convencido de que el Estado debe velar por proteger a los menores de edad que se ven inmersos en un proceso de divorcio de sus progenitores, ya que sin juzgar si se trata o no de una decisión acertada, lo evidente es que se trata de un cambio y se requiere de un proceso para que los niños, niñas y adolescentes, puedan entender la separación y logren adaptarse a esa nueva situación familiar, lo cual será difícil si viven inmersos en un conflicto continuo entre sus padres, a pesar de la separación.
      
Se estima atinado implementar una estrategia para la protección de los menores cuyos padres disolverán su matrimonio, con la finalidad de garantizar su derecho a la salud emocional; es por ello, que se propone establecer como uno de los requisitos para el divorcio por mutuo consentimiento así como para el divorcio necesario, el que los padres asistan a pláticas y talleres implementados por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado, que tendrán por objetivo sensibilizar y concientizar sobre la importancia de llevar una relación armónica después del divorcio, de la importancia de que sean capaces de tomar acuerdos en beneficio de sus  hijos, ya que su relación padres-hijos perdurará durante toda su vida, no obstante que la relación de pareja se haya dado por terminada. De igual forma dichas pláticas irán orientadas a desarrollar herramientas que les permitan ser mejores padres a fin de formar hijos felices, sin sentimientos de culpabilidad.
      



Dicha tarea no es nueva para el Sistema DIF Estatal, ya que son loables los esfuerzos que se han realizado para la protección de la familia, es así que a través del Centro de Encuentro y Convivencia Familiar del Estado, también llamado “Casa Libertad” se han llevado a cabo cursos para padres separados, con el apoyo de personal del área psicológica de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia; tal es el caso del taller dirigido a evitar la alienación parental, en busca de que uno de los progenitores no utilice a sus hijos para dañar a su pareja,  es decir que no sean un instrumento de venganza; es importante señalar que también se abordan temáticas como el duelo, las emociones de los hijos ante la separación, el derecho a la convivencia con ambos padres, a fin de que el divorcio no sea un obstáculo para que los hijos tengan contacto con su padre o madre. Es por ello que se reconoce el esfuerzo realizado desde ese órgano, mismo que se considera debe ser institucionalizado como una política de Estado para salvaguardar el bienestar de los menores.
      
La necesidad de implementar como obligatorias dichas pláticas pre-divorcio, es decir antes de que se determine judicialmente la disolución del matrimonio; persigue que los padres comprendan que la sentencia de divorcio representa tan sólo el comienzo de una nueva etapa en su vida, y que no significa que no vaya a tener conflictos subsecuentes que resolver y decisiones que tomar y de las cuales responsabilizarse, ya que en nuestros días, así como en muchos casos no se dimensionan las implicaciones del matrimonio, en ocasiones tampoco se comprenden los alcances del divorcio; y la asesoría jurídica que les brindan sus abogados, puede estar limitada por su propia naturaleza, a aspectos de carácter legal, sin embargo, existen números implicaciones psicológicas, ya que a diferencia de otro tipo de conflictos, se ven inmersas las emociones y los sentimientos derivados del vínculo afectivo que existió y de la relación que será inescindible por la existencia de hijos. 

II.               Es por ello, que se propone establecer que cuando existan hijos menores de edad, será un requisito para el divorcio, exhibir la constancia de haber asistido a las pláticas y talleres para padres que ofrece el Sistema DIF Estatal. Tratándose del juicio necesario se establece la salvedad de que se exceptuará de dicha obligación, al cónyuge demandado, cuando a juicio del Juez no sea posible cumplirla, atendiendo a la causal que esté siendo invocada.


Habrá quien cuestione el porqué establecer un requisito más en el procedimiento de divorcio, sin embargo, hay que detenerse a analizar que se trata de una decisión trascendental, ya que tendrá consecuencias en la vida tanto de los progenitores como de los menores hijos, y si bien se está en la libertad de decidir no querer permanecer en pareja, deben conocer y en el mejor de los casos, aprender herramientas para ser mejores padres, ya que en ocasiones, se asumen posturas y se realizan acciones, al desconocer los efectos negativos que conllevan, y que mejor que invertir un poco de tiempo a favor del bienestar de los hijos, a quienes permanecerán unidos de por vida, más allá de los conflictos.

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