Alto índice de separaciones en los
primeros años del matrimonio
I.
A pesar de estar en una época de crisis, la familia
sigue siendo célula fundamental de la sociedad y la primera escuela para los
menores, ya que es en el hogar donde se transmiten y aprenden los valores.
En la actualidad, observamos que va a la alza el número de divorcios, ya
que conforme a cifras recientes del INEGI, a nivel nacional en el año 2011 se
registraron 570,954 matrimonios y 91,285 divorcios, por lo que de cada 100
matrimonios 16 se divorcian.
En Aguascalientes, en el año 2011 se registraron 1,194 divorcios, es
decir por cada 100 enlaces matrimoniales se dieron 19 divorcios, lo que muestra
una tendencia creciente en los últimos años; según datos del INEGI, de 2000 a
2011 el número de matrimonios se redujo en 9.8% y el de los divorcios aumentó
en 53.1%. Respecto a la duración del matrimonio, el 54.2% provienen con una duración del matrimonio de 10 años o más.
No obstante, lo
anterior, conforme a la información estadística del sistema judicial local, en
el año 2014, se iniciaron más de 3,000
juicios de divorcio (1648 por la vía del divorcio necesario y 1,356 por el
procedimiento del divorcio voluntario), mientras que en el año 2013, fueron
2,729 juicios de divorcio; en el año 2012, 2,873 y en el año 2011, 2,656, ello
tan sólo en los municipios de Aguascalientes y el Llano, lo que representa un
número considerable de familias que están inmersos en este proceso legal, sin
considerar el resto de los municipios.
Los problemas que afrontan
los matrimonios son diversos, siendo comunes la no comunicación efectiva, la
infidelidad, problemas económicos, adicciones y violencia intrafamiliar, entre
otros; y no obstante, los conflictos son inherentes a las relaciones humanas,
cada vez más, observamos la falta de compromiso y en algunos casos, la escasa
disposición de los cónyuges para preservar la relación y tratar de resolver sus
diferencias a través del diálogo.
Si bien es cierto,
el divorcio atiende a la decisión de uno o ambos cónyuges a no permanecer
casado, haciendo uso del derecho al libre desarrollo de la personalidad, no
menos cierto es, que el divorcio tiene implicaciones sociales derivadas de la
desintegración familiar que se genera.
Estoy convencido de que el Estado debe
velar por proteger a los menores de edad que se ven inmersos en un proceso
de divorcio de sus progenitores, ya que sin juzgar si se trata o no de una
decisión acertada, lo evidente es que se trata de un cambio y se requiere de un
proceso para que los niños, niñas y adolescentes, puedan entender la separación
y logren adaptarse a esa nueva situación familiar, lo cual será difícil si
viven inmersos en un conflicto continuo entre sus padres, a pesar de la separación.
Se estima atinado
implementar una estrategia para la protección de los menores cuyos padres
disolverán su matrimonio, con la finalidad de garantizar su derecho a la salud
emocional; es por ello, que se propone establecer como uno de los requisitos
para el divorcio por mutuo consentimiento así como para el divorcio necesario,
el que los padres asistan a pláticas y talleres implementados por el Sistema
para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado, que tendrán por objetivo
sensibilizar y concientizar sobre la importancia de llevar una relación
armónica después del divorcio, de la importancia de que sean capaces de tomar
acuerdos en beneficio de sus hijos, ya
que su relación padres-hijos perdurará durante toda su vida, no obstante que la
relación de pareja se haya dado por terminada. De igual forma dichas pláticas
irán orientadas a desarrollar herramientas que les permitan ser mejores padres
a fin de formar hijos felices, sin sentimientos de culpabilidad.
Dicha tarea no es
nueva para el Sistema DIF Estatal, ya que son loables los esfuerzos que se han
realizado para la protección de la familia, es así que a través del Centro de
Encuentro y Convivencia Familiar del Estado, también llamado “Casa Libertad” se
han llevado a cabo cursos para padres separados, con el apoyo de personal del
área psicológica de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia; tal
es el caso del taller dirigido a evitar
la alienación parental, en busca de que uno de los progenitores no utilice
a sus hijos para dañar a su pareja, es
decir que no sean un instrumento de venganza; es importante señalar que también
se abordan temáticas como el duelo, las emociones de los hijos ante la
separación, el derecho a la convivencia
con ambos padres, a fin de que el divorcio no sea un obstáculo para que los
hijos tengan contacto con su padre o madre. Es por ello que se reconoce el
esfuerzo realizado desde ese órgano, mismo que se considera debe ser institucionalizado como una
política de Estado para salvaguardar el bienestar de los menores.
La necesidad de
implementar como obligatorias
dichas pláticas pre-divorcio, es decir antes de que se determine judicialmente
la disolución del matrimonio; persigue que los padres comprendan que la
sentencia de divorcio representa tan sólo el comienzo de una nueva etapa en su
vida, y que no significa que no vaya a tener conflictos subsecuentes que
resolver y decisiones que tomar y de las cuales responsabilizarse, ya que en
nuestros días, así como en muchos casos no se dimensionan las implicaciones del
matrimonio, en ocasiones tampoco se comprenden los alcances del divorcio; y la asesoría jurídica que les brindan sus
abogados, puede estar limitada por su propia naturaleza, a aspectos de carácter
legal, sin embargo, existen números implicaciones psicológicas, ya que a
diferencia de otro tipo de conflictos, se ven inmersas las emociones y los
sentimientos derivados del vínculo afectivo que existió y de la relación que
será inescindible por la existencia de hijos.
II.
Es por ello, que se propone establecer que cuando
existan hijos menores de edad, será un requisito para el divorcio, exhibir la
constancia de haber asistido a las pláticas y talleres para padres que ofrece
el Sistema DIF Estatal. Tratándose del juicio necesario se establece la salvedad
de que se exceptuará de dicha obligación, al cónyuge demandado, cuando a juicio del Juez no sea posible cumplirla,
atendiendo a la causal que esté siendo invocada.
Habrá quien cuestione el porqué establecer un requisito más en el
procedimiento de divorcio, sin embargo, hay que detenerse a analizar que se
trata de una decisión trascendental, ya que tendrá consecuencias en la vida
tanto de los progenitores como de los menores hijos, y si bien se está en la
libertad de decidir no querer permanecer en pareja, deben conocer y en el mejor
de los casos, aprender herramientas para ser mejores padres, ya que en
ocasiones, se asumen posturas y se realizan acciones, al desconocer los efectos
negativos que conllevan, y que mejor que invertir un poco de tiempo a favor del
bienestar de los hijos, a quienes permanecerán unidos de por vida, más allá de
los conflictos.
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