Están presos sin derecho a libertad bajo fianza
Posterior a la resolución
que emitiera el Juzgado Sexto Penal con fechas 2 de enero y 5 de febrero del
año 2015, con relación al los autos de formal prisión por el delito de lesiones
dolosas calificadas con la agravante de ventaja en contra de José Refugio Cruz
Pedroza y Fernando Cuellar de León, señalados como probables responsables de
las agresiones sufridas a las hermanas Iris Bryzeida y Mildred Michelle ambas de apellidos Rodríguez
Ruíz; el Agente del Ministerio Público presentó en su momento un recurso de
apelación toda vez que argumentaba que también existía la agravante de violencia
de género.
Por su parte el Juzgado
Sexto de lo Penal, volvió a revisar la
averiguación previa, señalando que el auto de formal prisión se otorgaba por el
delito de lesiones dolosas calificadas con las agravantes de ventaja y en razón
de que el resultado es asociado a la discriminación
de las víctimas.
Los acontecimientos
registrados en las primeras horas del domingo 23 de marzo del año 2014, donde
tres jóvenes hermanas resultaron lesionadas al registrarse una agresión en
calles de la zona centro por parte de varios sujetos y donde resultaron
detenidos Fernando Cuellar Díaz de León
y José Refugio Cruz Pedroza quienes fueron enviados al CERESO para
Varones, donde se les señalan como probables responsables por el delito de
lesiones dolosas, lo que permitió que obtuvieran su libertad con el pago de una
fianza.
Más sin embargo los
familiares de las víctimas señalaron que a la revisión médica que hicieron los
especialistas daban a conocer que en el caso de las jóvenes Mildred Michelle e
Iris Bryzeida, provocaron la disminución en sus facultades y en el normal
funcionamiento de los órganos, aparatos y sistemas dentobucales, así como la
disminución de la amplexión y amplexación en los movimientos torácicos para la respiración,
ocasionados por dolor.
Con este nuevo diagnostico
los familiares de las jóvenes lesionadas se volvieron a presentar en el
edificio de Averiguaciones Previas,
donde se pidió al AMP que revalorara el diagnostico médico, el cual fue analizado por lo que
se solicitó que se reclasificara el
delito; el dato fue enviado al Juzgado Sexto de lo Penal, quien posterior a su
revisión, encontró elementos sustentables lo que terminó por reclasificar el
delito por el de lesiones dolosas clasificadas con ventaja.
Con este nuevo delito
reclasificado el mismo Juzgado Sexto de lo Penal otorgó de nueva cuenta la
orden de aprehensión, la cual les fue notificada a los involucrado Fernando y
José Refugio quienes ya se encontraban recluidos en el penal, toda vez que el viernes 28 de marzo del año 2014 una
corporación policial los había detenido y puesto a disposición de la
Procuraduría General de la República, delegación Aguascalientes; en la rejilla
de prácticas del mismo penal les fue notificada su detención, lo que no permite
que puedan logar su libertad con el pago de una fianza, toda vez que el delito
se considera como grave.
Del mismo modo el AMP
solicito que las agravantes fueran reclasificadas por la agravante de violencia
de género, lo que obligó al juzgador a volver a revisar la averiguación previa
y agregar la calificativa
discriminación, por lo que de nueva cuenta fueron llamados a la rejilla
de prácticas José Refugio Cruz Pedroza y Fernando Cuellar Días de León quienes
no podrán salir bajo fianza, por considerarse como grave el delito que se les imputa.
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